Fallo histórico: el COPBA 2 logró impugnar una infracción indebida a colegiada del Distrito

A partir de la intervención del Colegio, el Tribunal de Faltas de Lanús anuló un acta de infracción municipal al no corresponder con la reglamentación vigente. Cabe recordar en este sentido que la única autoridad con potestad de habilitación del ejercicio profesional de la actividad es el Colegio de Odontólogos.

El Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito 2 (COPBA2) intervino legalmente ante el Tribunal de Faltas de Lanús a partir de la solicitud de una odontóloga matriculada que sufrió un acta de infracción municipal de manera indebida, atribuyéndole la falta de habilitación municipal.

Ante estos hechos, el Colegio, a través de su Mesa Directiva y los abogados de la institución, se puso al frente del caso acompañando a nuestra matriculada y recurriendo personalmente al organismo para impugnar la infracción. Mediante esta gestión, se logró la pronta absolución de parte del juez al haberse tratado de un acta de infracción que no correspondía con la normativa legal vigente.

En este sentido, informamos a nuestras matriculadas y matriculados que los únicos que pueden habilitar su consultorio son los agentes identificados de la institución, tal como está estipulado en los artículos 48 y 50 de la Ley Nº 12754 que rige la profesión.

Para ello, durante estos últimos años de gestión hemos llevado adelante una renovación completa  del cuerpo de inspectores y hemos agilizado los trámites para disminuir los tiempos de habilitación.

Además, en nuestra nueva página web incluimos una sección con toda la información relativa a la habilitación, rehabilitación y baja de habilitación de consultorios en el Distrito 2: https://copba2.org.ar/habilitacion-de-consultorio.

En tanto, los representantes del COPBA2 que llevan adelante los controles poseen una credencial con los datos que los acreditan como inspectores, que siempre debe ser exhibida a la hora de cualquier visita.

Por este motivo, alertamos que los inspectores municipales no pueden realizar habilitaciones de los consultorios ya que esa potestad es exclusiva del Colegio de Odontólogos.

Por cualquier duda o consulta acerca de inspecciones o habilitaciones, los colegiados también pueden comunicarse con el COPBA2 vía telefónica al 4205-3602 de lunes a viernes de 8.30 a 15, por WhatsApp al 11-6613-7552, o a través del correo electrónico de la Secretaría: secretaría@copba2.org.ar.

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