Censo Nacional Económico 2020/2021

El Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito II (COPBA2) informa a sus matriculados/as que el próximo martes 1 de julio vence el plazo para completar el Censo Nacional Económico del INDEC para los Monotributistas que ejercen la actividad odontológica. En el caso de empresas e instituciones sin fines de lucro venció el 1 de abril y para las personas inscriptas en el régimen de los Autónomos el 1 de mayo.

El Censo Nacional Económico se realiza en forma virtual, por lo que las personas físicas y jurídicas con actividad económica registradas deben completar un cuestionario a través de la aplicación online establecida por INDEC.

El cuestionario digital puede tener 14, 15 o 17 preguntas dependiendo el tipo de persona que complete el censo y una vez que se finalice, el sistema ofrecerá la descarga del certificado censal, necesario para la realización de futuros trámites administrativos y bancarios.

Para ingresar al aplicativo de e-CNE se requiere la validación de la identidad de las personas mediante Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal. El INDEC utiliza la plataforma Autenticar de la AFIP porque es la que brinda la certeza de que solo las personas correctas tengan acceso al sitio seguro del censo.

Luego de la validación, los usuarios son redireccionados al aplicativo del INDEC, que cuenta con seguridad digital propia para el resguardo de la información, de acuerdo con la normativa de secreto estadístico. Finalizado el cuestionario, el sistema le permitirá descargar el certificado de cumplimiento del Censo, el cual servirá para la realización de distintos trámites.

A continuación, les dejamos el link al video tutorial elaborado por INDEC para la realización del Censo para personas humanas:

https://www.youtube.com/watch?v=IS3iY4mm4f8


Fundamentos y alcances del Censo:

Todas las personas que producen bienes y servicios en el país y que tienen una actividad registrada, deben completar el cuestionario del CNE. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció a través de su comunicación “B” número 12100, que se solicitará el “Certificado de Cumplimiento Censal” (CCC) –que acredita el cumplimiento de la declaración censal– como requisito previo para realizar determinadas operaciones y trámites bancarios, como ser:

  • Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos;
  • Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones;
  • Apertura de créditos documentarios;
  • Apertura de cuentas para valores en custodia;
  • Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores; y
  • Alquiler de cajas de seguridad.

La falta de dicha documentación impedirá la prosecución del respectivo trámite.

La exigencia de la exhibición del “Certificado de Cumplimiento Censal”, tendrá lugar:

  • Para Personas Jurídicas a partir del 1° de abril de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022;
  • Personas Humanas (Responsables Inscriptas) a partir del 1° de mayo de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022;
  • Y Personas Humanas (Monotributistas) a partir del 1° de julio de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022

Una vez finalizado el Censo pueden descargar el certificado en https://cne.indec.gob.ar/#/consulta

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