La nueva gestión del COPBA 2 continúa ampliando derechos y beneficios para nuestras colegiadas y colegiados. En este caso resolvió la exención del pago de la matricula para aquellas profesionales que no puedan ejercer la actividad a causa de su maternidad.
El Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito II (COPBA2) dispuso un nuevo beneficio por maternidad para las matriculadas del Distrito, en el marco de la ampliación de derechos que viene llevando adelante la nueva gestión de la institución.
La resolución de este beneficio se lleva adelante en virtud a lo dispuesto por la Ley 12754 que atiende la particular situación de las odontólogas que transitan la maternidad, donde existen periodos de tiempo de cese de ejercicio profesional durante el embarazo y el puerperio.
De esta manera, las odontólogas del Distrito 2 que de acuerdo con los registros de la Caja de Seguridad Social no ejerzan la profesión bajo relación de dependencia, tendrán el derecho de presentarse ante la institución a solicitar el beneficio de maternidad destinado a reducir el impacto económico que significan las restricciones laborales durante este periodo.
La exención se lleva adelante siempre y cuando se cumpla el procedimiento de acreditación y el beneficio se hará efectivo dentro de los treinta días posteriores a la presentación de la solicitud del beneficio, conjuntamente con la documentación requerida. Las matriculadas que adopten, en forma simple o plena, también tendrán derecho al beneficio. El valor del beneficio será de un 75 % resultante del monto de la cuota de colegiación menos el aporte al Consejo Superior, del año de ocurrencia del parto, adopción, o embarazo.
Por información sobre todos los requerimientos del beneficio, las profesionales pueden comunicarse con la Secretaría del COPBA 2 a secretaría@copba2.org.ar o por teléfono al 4205-3602, de 8.30 a 15.