El Colegio defiende los derechos e intereses de nuestros/as profesionales

El Colegio tiene como una de sus principales funciones de ley defender los derechos e intereses de las/os odontólogas/os.

En esta oportunidad, informamos a todas nuestras matriculadas y nuestros matriculados cuales son los derechos generales en una entidad sin fines de lucro.

Pertenecer a un Circulo, Asociación, Agremiación o Sociedad Odontológica implica que sos un socio “voluntario” de una asociación sin fines de lucro. Situación distinta ocurre con una Gerenciadora, donde el profesional presta un servicio a una empresa.

Las instituciones sin fines de lucro comparten las siguientes reglas generales:

  • Las personas asociadas tienen derecho a tomar conocimiento del estatuto que las rige y al cual pertenecen, así como también que les brinden la información y tomar vista de los contratos y/o convenios y/o acuerdos que la asociación celebre con terceros.
  • Las personas asociadas tienen derecho a solicitar que les den información y tomar vista del último balance aprobado, como concurrir a la asamblea donde se trate la misma y hacer las observaciones que crean pertinentes.
  • La forma para solicitar estos datos es por escrito, solicitando a la Comisión Directiva y a la Comisión Revisora de Cuentas que informen sobre los contratos, balances y cualquier otra documentación que los/as asociados/as quieran conocer.
  • Las personas asociadas tienen derecho (como norma general de toda asociación civil) a solicitar que se designe fecha para llamar a una asamblea extraordinaria a fin de que se traten los temas que consideren urgente, si llegan a agruparse el 5 % del total de la cantidad de integrantes.
  • También toda institución debe presentar sus balances anualmente en la Dirección de Personas Jurídicas que le corresponda.

En el caso de las entidades odontológicas, en cumplimiento con la Ley 12.754, también deben registrar los contratos en el Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires (Art 13 Inc 5, y según Reglamento de Registro de Contratos).

Desde el COPBA 2 consideramos fundamental que los matriculados conozcan sus derechos y obligaciones y así poder seguir dignificando y mejorando nuestra profesión.

Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Distrito II

Conducción Odontólogos en Lucha

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